[Biologia] Re: Convocatoria ASISTENTE DE INV.

Rodolfo García Collazo collazo@servidor.unam.mx
Mon, 04 Nov 2002 17:46:40 -0600


A la comunidad se pone su disposición la siguiente convocatoria

CONVOCATORIA

EL COLEGIO DE LA FRONTERA SUR

convoca a los interesados en concursar en el Programa de

ASISTENTES DE INVESTIGACION

PARA EL AÑO 2003


El propósito del Programa de Asistentes de Investigación es fomentar la
formación de alto nivel de los jóvenes interesados en la carrera científica.

ECOSUR abre la convocatoria para asistentes de investigación que deseen
colaborar de manera exclusiva y de tiempo completo (40 horas a la semana) con
un investigador, realizando las tareas requeridas en los laboratorios de
ECOSUR, prácticas de campo, otras instituciones o el lugar que el investigador
señale, según convenga a los objetivos de la línea de investigación en que
participa. Se otorgará un número limitado de becas, de acuerdo a la
disponibilidad presupuestal de ECOSUR.

A la vez, el investigador se compromete a capacitar al asistente en el
desempeño de funciones de investigación vinculadas a sus intereses académicos
y a orientarlo en el desarrollo de su programa de formación a nivel posgrado.

El asistente se compromete a procurar su formación a nivel posgrado al
terminar su estancia, con la finalidad de continuar avanzando en la carrera
científica.

Los asistentes seleccionados recibirán una Beca de $4,000 a $ 4300 mensuales a
partir del 1 de febrero de 2003, según el nivel recomendado por el Comité
Evaluador del Programa de Asistentes de Investigación (CEPAI) y por un tiempo
máximo de dos años.

La asignación de un asistente de investigación no debe confundirse con la
asignación de un técnico.  Al finalizar su estancia como asistente, no se
permitirá el cambio a la carrera de técnico.

El Programa de Asistentes de Investigación se rige por las Normas que se
anexan al final de esta convocatoria.


REQUISITOS
· Edad no mayor a 33 años
· Título de licenciatura
· No contar con ningún título de posgrado y no estar inscrito o aceptado en
ningún programa de posgrado en México o el extranjero

DOCUMENTOS A ENTREGAR

· Carta de solicitud del candidato dirigida al CEPAI, con amplia justificación
e indicando la línea de investigación en la cual desea trabajar.
· Curriculum vitae con comprobantes y de acuerdo al formato que se anexa.
· Copia del acta de nacimiento.
· Copia del certificado de estudios profesionales que incluya el promedio o
anexando una carta que indique el promedio. Cuando el promedio esté en una
escala diferente del 1 al 10, se recomienda anexar una escala de
equivalencias.
· Copia del diploma de grado o acta de examen profesional.
· Copia de la portada de la tesis.
· Carta de un investigador de ECOSUR dirigida al CEPAI, indicando que está
dispuesto a aceptar al candidato e indicando las razones que apoyen su
candidatura.  Asimismo, el investigador deberá establecer cómo va a apoyar el
proceso de formación a nivel posgrado del candidato y en este sentido dará a
conocer qué resultados ha obtenido con otros asistentes, en caso de haberlos
tenido.

A más tardar el 6 de enero de 2003, la solicitud deberá estar físicamente (no
en camino) en la oficina del:

Dr. Manuel Elías Gutiérrez
Coordinador del Programa de Asistentes de Investigación
El Colegio de la Frontera Sur Unidad Chetumal
Km 2 Carretera Chetumal-Bacalar
Zona Industrial #2
C.P. 77000  Apdo. Postal 424
Chetumal, Quintana Roo, México


Los resultados se difundirán el 24 de enero de 2003 por correo electrónico, en
la página web de ECOSUR y en las mamparas de todas las unidades.


CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA SELECCIÓN

Los candidatos serán evaluados con base en los siguientes criterios:
· Promedio de calificaciones obtenido en la licenciatura.
· Experiencia profesional, ya sea en la investigación, dirección o asesoría de
tesis, o en la docencia.
· Participación en publicaciones científicas.
· Participación en congresos, simposia u otro tipo de eventos académicos.
· Cursos de actualización en su disciplina.

En igualdad de circunstancias (con la misma puntuación) se preferirán los
aspirantes:
(a) cuyo investigador responsable no tenga ya asistentes;
(b) mexicanos; o
(c) originarios o con cinco años de residencia en los estados de la frontera
sur de México.


Coordinación del PAI,  4 de noviembre de 2002.

NORMAS DEL PROGRAMA DE ASISTENTES DE INVESTIGACIÓN
EL COLEGIO DE LA FRONTERA SUR


DEFINICIONES

Para los efectos de este documento se entenderá por:

PAI: Programa de Asistentes de Investigación
CEPAI o comité: Comité Evaluador del Programa de Asistentes de Investigación
ECOSUR: El Colegio de la Frontera Sur

Este documento presenta los objetivos, procedimientos y normas del PAI de
ECOSUR.  Fue elaborado por el CEPAI, integrado por investigadores
representantes de tres unidades y de las tres divisiones de ECOSUR. Todas las
decisiones de este comité se toman por consenso y se fundan en opiniones
expresadas al comité o a alguno de sus miembros por la comunidad académica de
ECOSUR; el comité está abierto permanentemente a críticas y sugerencias, las
cuales son bienvenidas.


OBJETIVOS Y FILOSOFÍA DE LA FIGURA DE ASISTENTE DE INVESTIGACIÓN

El PAI busca la formación académica de los asistentes con miras a su
desarrollo como investigadores.  Al mismo tiempo, constituye un apoyo con
recursos humanos para los proyectos institucionales. Pretende funcionar a
manera de puente entre la licenciatura y el posgrado: el asistente se
incorpora al programa y, después de cumplir una estancia máxima de dos años en
la institución, ingresa a un programa de maestría o doctorado.

El asistente de investigación no es un técnico, ni tampoco una especie de
"pre-tesista". Se le debe considerar como un colaborador del proyecto en el
cual se inserta, y esta colaboración debe incidir en la formación del
asistente como investigador.

La naturaleza concreta de esta colaboración formativa debe ser definida de
mutuo acuerdo y por escrito entre cada investigador y su asistente, a manera
de un convenio de beneficio mutuo y un plan de trabajo, una vez aceptado éste
en el PAI.

Debe ser claro, por otra parte, que los proyectos de investigación
institucionales no deben depender de los asistentes para su ejecución; las
necesidades del proyecto no determinan la elección de un aspirante. Los
candidatos son seleccionados por sus méritos propios, no por los del
investigador responsable.

REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS A ASISTENTE Y DE LOS INVESTIGADORES RESPONSABLES

La solicitud deberá estar completa, con la carta de aceptación del
investigador responsable y con los documentos comprobatorios necesarios.

La edad máxima del candidato será de 33 años. La intención de este requisito
es que, al final de su estancia en ECOSUR, el asistente compita mejor por una
beca de posgrado y se integre a temprana edad a la comunidad de investigadores
nacionales.

La escolaridad máxima del aspirante al momento de su ingreso al PAI será
licenciatura. Se deberá presentar copia del título profesional o acta de
examen, pues el PAI no pretende funcionar como una beca-tesis de licenciatura.
En todo caso, el candidato presentará constancia oficial (de su escuela) de
que el examen profesional tendrá lugar en fecha no posterior a 20 días hábiles
desde el cierre de la convocatoria del PAI, y la admisión quedaría
condicionada a que el examen sea aprobado en la fecha prevista.

El promedio mínimo en los estudios de licenciatura del candidato será de 8.0
(ocho). Se pretende así facilitar al asistente que termina su estancia la
opción de una beca de posgrado.  Empero, este requisito será relajado si el
aspirante, con un promedio menor a 8.0 y mayor a 7.0, cuenta por lo menos con
una publicación arbitrada como autor o coautor (no memorias de congreso). La
idea es que un estudiante con vocación de investigador puede haber seguido dos
estrategias: ser un alumno excelente en todos sus materias, o bien elegir
tempranamente un tema de investigación, bajo alguna asesoría.

El aspirante no deberá estar inscrito en un posgrado al momento de su
solicitud. La intención del PAI es formar académicamente a profesionales
egresados de la licenciatura con miras al posgrado, no funcionar como una
beca-tesis de maestría.

El candidato no habrá sido antes asistente de investigación en ECOSUR (dentro
del PAI). Cada asistente cumplirá una sola estancia en la institución.

Con el objeto de poder prestar la atención debida a la formación del
asistente, cada investigador no será responsable simultáneamente de más de dos
asistentes de este programa.

A un mismo investigador no se le asignará más de un asistente en una misma
convocatoria.
El investigador responsable estará en condiciones de cumplir al menos un año
continuo de trabajo con el asistente.

El aspirante deberá manifestar por escrito interés en la línea de
investigación a la cual quiere adscribirse. Este interés se debe reflejar en
su experiencia previa (tesis, servicio social, etc.), la cual deberá ser
compatible con la orientación general del proyecto del investigador
responsable.



Formato guía para la elaboración de Curriculum Vitae y puntaje de evaluación

**Deberá seguir estrictamente el orden que se señala abajo; tanto para
redactar el
  curriculum, como para anexar los comprobantes en cada punto e inciso. Las
solicitudes que lleven otro orden no serán evaluadas**

(Favor de omitir documentos o constancias que no estén incluídas en este
formato)

I.- Datos generales

Nombre
Domicilio
Teléfono
RFC o número de pasaporte, país que lo expide y fecha de vencimiento.
Nacionalidad
Lugar y fecha de nacimiento

II.- Antecedentes escolares

Máximo grado de estudios
Institución
Fecha de obtención del grado
Promedio de calificaciones obtenido (8-8.49 un punto; 8.5 a 8.99 dos puntos; 9
a 9.49 tres puntos; 9.5 a 10 cuatro puntos)
Distinciones, si las hubiere (Mención honorífica al obtener el grado, medalla
Gabino Barreda, etc) (Dos puntos por distinción)

III.- Superación académica
a).- Cursos tomados, Institución y duración en horas académicas (0.25 por cada
40 horas acumuladas)

b) Estancias académicas (0.25 por cada 40 hrs). Sólo se considerarán aquellas
estancias de índole académico que hayan sido realizadas en una institución
diferente al ECOSUR y la(s) institucione(s) de origen del postulante.

IV.- Docencia (Solo se considerarán cursos de nivel licenciatura).

a).- Cursos curriculares impartidos. Carrera de que se trate,  nombre del
curso,  horas académicas, institución. Nivel de participación (Responsable,
ayudante, etc) y período (0.5 por curso como responsable y 0.25 como ayudante
o asistente).

b).- Cursos extracurriculares impartidos (cursos libres, talleres, diplomados,
etc). Nombre del curso, horas académicas, institución, Nivel de participación
(0.15 por cada 40 horas)

V.- Apoyo a la docencia (comprobable)

a).- Elaboración de materiales didácticos (Manuales, guías, etc). (0.5 por
manual de al menos 50 cuartillas)
b).- Elaboración de preparaciones (modelos, preparaciones biológicas,
diapositivas originales, esquemas originales, etc) (0.125 por constancia).

c) Participación en labores de difusión de la ciencia en programas de radio,
tv, etc (0.1/constancia)

VI.- Dirección de tesis (Un punto por tesis de licenciatura)

Nombre del estudiante
Título de la tesis
Institución, año
Nivel (licenciatura, maestría, etc.)

VII.- Participación en el comité organizador de eventos académicos (0.5 por
evento)

Nombre del evento
Año
Lugar
Tipo de participación

VIII.- Asesorías o miembro de consejos tutelares o jurado de tesis (0.25 por
asesoría).

Nombre del estudiante
Título de la tesis
Institución
Tipo de participación

IX.- Experiencia en instituciones no académicas relacionadas con su profesión
(0.25 por año). Sólo se considerará la participación en éstas cuando se
realicen el último año de estudios de su profesión o en los primeros dos años
como profesional egresado.

Tipo de institución (empresa privada, ONG, asociación civil, etc).
Nombre de la institución
Puesto desempeñado
Período

X.- Investigación
a).- Participación en publicaciones técnicas en revistas internacionales
indexadas o en el padrón de excelencia de CONACYT. Poner en forma de ficha
bibliográfica (Autor(es), Año, Título, Revista, Volumen, Número, páginas) (Un
punto por publicación).

b).- Participación en publicaciones técnicas en revistas locales, de
distribución limitada o sin arbitraje. Poner en formato de ficha bibliográfica
(0.25 por publicación).

c) Participación en publicaciones de divulgación. Poner  en formato de ficha
bibliográfica (0.25 por publicación)

d) Libros (poner en formato de cita bibliográfica)
 i) Completo con arbitraje (Dos puntos por publicación)
 ii) Completo sin arbitraje (Un punto por publicación)
 iii) Capítulo con arbitraje (Un punto por publicación)
 iv) Capítulo sin arbitraje (0.5 por publicación)

 **Nota los arbitrajes deberán ser demostrables

e).- Presentaciones en congresos especializados (Autores, Título del trabajo,
Nombre del evento, Lugar y año) (0.25 por ponencia).

f) Participación en proyectos de investigación (sólo para períodos mayores de
6 meses)
 i) Como responsable (Un punto por proyecto)
 ii) Como corresponsable o asesor (0.5 por proyecto)
 iii) Como participante (0.25 por proyecto)


 Consideraciones generales

En vista de que el programa de asistentes de investigación está destinado
principalmente a captar profesionales recién egresados de sus carreras, la
puntuación total será ponderada con un factor de multiplicación, de acuerdo a
la edad de los aspirantes:

Puntaje total x 1.0 para los menores de 26 años, por 0.8 para los de 26 a 29
años, y por 0.6 para los mayores a 29 años.

 En igualdad de circunstancias (con la misma puntuación) se preferirán los
aspirantes:
· cuyo investigador responsable no tenga ya asistentes;
· mexicanos;
· originarios o con cinco años de residencia en los estados de la frontera sur
de México.

 Después de excluir las solicitudes improcedentes por no llenar los requisitos
(ver arriba), las restantes se ordenarán de mayor a menor puntuación. En caso
de puntuaciones iguales, se aplicarán los criterios de preferencia arriba
enlistados, en el orden en que aparecen. Si el empate persiste, la decisión
quedará a juicio del CEPAI.

 No se intentará igualar la proporción de aspirantes admitidos entre unidades,
divisiones o proyectos de ECOSUR; los aceptados serán estrictamente los
mejores candidatos, por sus propios méritos. La lista estará priorizada de
manera que puedan aceptarse todos los aspirantes que cumplan los requisitos,
en el orden dictado por las puntuaciones, hasta donde el recurso presupuestal
lo permita en cada convocatoria.

En caso de que alguno de los seleccionados se dé de baja o no se presente en
la fecha prevista en el acuerdo escrito con el investigador, será sustituido
por el siguiente en la lista. Asimismo, en caso de que un aspirante,
seleccionado de manera condicionada a la aprobación de su examen profesional
en la fecha prevista, no cumpla este requisito, será sustituido por el
siguiente en la lista.

LA DECISIÓN DEL CEPAI SERÁ INAPELABLE, SIN EMBARGO SI EXISTIERE ALGUNA
INCONFORMIDAD DEBIDAMENTE SUSTENTADA RESPECTO A UN DICTAMEN, DEBERÁ SER
ENTREGADA POR ESCRITO AL DR. MANUEL ELÍAS GUTIÉRREZ, EN UN PLAZO MÁXIMO DE
CINCO DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS. CADA CASO
SERÁ ATENDIDO INDIVIDUALMENTE

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ASISTENTES Y DE LOS INVESTIGADORES RESPONSABLES

Los asistentes no forman parte de la plantilla de personal de ECOSUR, sino que
se consideran como becarios.

Además de su remuneración mensual (beca), los asistentes tendrán derecho a un
seguro de gastos médicos mayores.

Para efectos de la asignación inicial de categoría y la recategorización anual
de los asistentes de investigación, el EPA se interpreta de esta manera:
· Tendrá el nivel A el asistente que no haya realizado tesis y no haya
colaborado durante un año al menos en un proyecto de investigación.
· Tendrá el nivel B el asistente que haya realizado tesis o haya colaborado
durante un año al menos en un proyecto de investigación.
· Tendrá el nivel C el  asistente que:
Ø haya realizado tesis y haya colaborado durante un año al menos en un
proyecto de investigación, o bien
Ø que no haya realizado tesis y haya colaborado durante dos años al menos en
un proyecto de investigación.

El investigador responsable adquiere el compromiso de fomentar la publicación
de los resultados obtenidos del trabajo conjunto con su asistente en revistas
o foros especializados (congresos, simposios, etc).  En este último caso, el
financiamiento necesario será a través de los recursos disponibles para la
línea de investigación correspondiente.

El asistente elaborará un informe de actividades al término del primer año y
un informe final al terminar el segundo año, con el visto bueno del
investigador responsable. Sólo el primero de estos informes será para fines de
promoción. Todos serán útiles para la evaluación continua del PAI y del
asistente. Cada informe será un documento conciso que indique las actividades
y productividad académicas del asistente, así como sus perspectivas de ingreso
a un posgrado. Los informes estarán dirigidos a la Coordinación del PAI, quien
los turnará al CEPAI.

Si en cualquier momento el investigador considera que el desempeño de su
asistente no es satisfactorio, podrá proponer por escrito al CEPAI la revisión
del convenio correspondiente, inclusive su terminación. Esta situación no dará
lugar a la asignación de un nuevo asistente en sustitución del anterior.

La deserción del asistente no dará lugar a la asignación de uno nuevo en
sustitución del anterior.

Si en cualquier momento el asistente considera que no está recibiendo una
formación académica adecuada durante su estancia, podrá proponer por escrito
al CEPAI la revisión de su caso, e inclusive un cambio de adscripción. Su
tiempo de estancia, empero, no variará.  Sólo se permitirá un cambio de
adscripción.

Un aspirante rechazado puede volver a solicitar su ingreso en convocatorias
posteriores, en igualdad de condiciones con los nuevos aspirantes.


SOBRE EL CEPAI

El CEPAI estará integrado por cinco investigadores que representen al menos
tres unidades y las tres divisiones de ECOSUR; durarán en su cargo un máximo
de dos años o cuatro convocatorias. El comité es un cuerpo colegiado: todas
sus decisiones serán por consenso. Podrá sesionar con quórum de mayoría
simple, siempre y cuando los miembros no presentes en la reunión conozcan y
aprueben el dictamen y documentos finales por vía electrónica.

Las funciones del CEPAI son las siguientes:
·  Revisar las convocatorias antes de su emisión.
·  Evaluar a los aspirantes y elaborar el dictamen correspondiente.
·  Evaluar el desempeño de los asistentes de investigación para su
reclasificación académica cada año.
·  Resolver los casos no previstos y las controversias relativas al PAI.
·  Dar seguimiento a los avances en la formación académica de los asistentes
de investigación de acuerdo con el convenio establecido entre éste y el
investigador responsable, con la finalidad de evaluar el cumplimiento de los
objetivos y filosofía del PAI.

La documentación dirigida al CEPAI será recibida y turnada a éste por la
Coordinación del PAI.  Será también la Coordinación del PAI quien se encargará
de difundir la convocatoria, reunir al comité y dar a conocer los resultados
de la evaluación.

La convocatoria contendrá con todo detalle la explicación del procedimiento de
evaluación, los requisitos, criterios y puntuación. Aparecerá una vez al año,
en noviembre. Estará abierta durante 15 días hábiles. Los aspirantes
seleccionados se incorporarán a sus labores a más tardar en febrero, según la
convocatoria.

El dictamen de reclasificación académica de los asistentes de investigación
será responsabilidad de este comité. Se hará con base en el primer informe
anual de actividades. Se notificará del resultado de la evaluación con el
formato vigente.

El seguimiento de los avances en la formación académica del asistente de
investigación hacia el posgrado se basará en los informes de actividades, de
los cuales el primero será al término del primer año, y los siguientes serán
semestrales.

La difusión de los resultados tendrá lugar vía electrónica, en la página web
de ECOSUR y en las mamparas de todas las unidades. Se extenderán constancias
escritas a solicitud expresa de los interesados.


Este documento fue establecido por el CEPAI, en octubre de 2001.